El otro día les comentaba del Journal of Human Rights Practice y de que habían interesants artículos para leer. Uno de ellos está firmado por Michael Sfard, un abogado israelí que, tras 40 años luchando por los derechos humanos en las cortes de su país, está perfectamente capacitado para contarnos cuáles son los problemas que aquejan la lucha interna por los Derechos Humanos.
¿Lucha interna? Se refiere a la defensa contra los abusos de derechos humanos a través de las mismas instituciones del régimen abusador. Para eso, Sfard nos relata su experiencia, y la experiencia de otros abogados, en la defensa de los Derechos Humanos palestinos dentro de la Corte Suprema israelí.
Sfard relata cómo la Corte Suprema fue negando una y otra vez protección a los derechos humanos de los palestinos que acudían a ella para limitar los poderes del Military Commander en los territorios ocupados. Y todo comenzó en 1972.
Ése año, la Corte Suprema entregó un fallo que, mirado desde el presente, permitió que a partir desde ese entonces, se creara una categoría especial de jurisrudencia de la Corte: jurisprudencia de ocupación. 5 años antes, en 1967, la ocupación de los territorios palestinos por parte del ejercito israelí originó una serie de conflictos entre empleados y empleadores, por lo que el Military Commander cambió las leyes laborales aplicables a los territorios ocupados, asunto que finalmente llegó a la Corte Suprema. En dicha ocasión, la Corte no juzgó la cuestión de si el Military Commander tenía jurisdicción para cambiar las leyes laborales, sino que decidió en base al Derecho Internacional de Ocupación Beligerante. Esta jurisprudencia de la ocupación es la que analisa Sfard desde su perspectiva como abogado defensor de los derechos humanos.
Tras citar varios ejemplos en que la Corte buscó y rebuscó argumentos para apoyar la ocupación militar y negar protección a los derechos humanos [1.los insólitos argumentos de algunos casos muestran hasta qué punto el sistema judicial puede ignorar los derechos humanos para justificar un régimen abusador] en la ocupación de territorios palestinos, la conclusión de Sfard es deprimente: la lucha interna por la defensa de los derechos humanos ante la Corte Suprema terminó por afirmar el régimen abusador. La jurisprudencia de la Corte Suprema israelí ha aumentado sistemáticamente el poder y la autoridad del ejercito israelí, y lo que es peor, ha autorizado y reafirmado una serie de abusos contra los derechos de la población ocupada. Sfard dice que cada una de las pequeñas luchas ante la Corte es culpable de legitimizar la ocupación de territorios y sus abusos. La lucha interna por los derechos humanos, que utiliza las mismas instituciones del régimen abusador, no tiene otro resultado más que la legitimización de los abusos.
Sin embargo, esta misma lucha ha tenido un efecto postitivo: ha favorecido una cultura de autocontrol en los oficiales del ejército, reforzando asimismo los derechos procesales, que han permitido pequeñas victorias, mínimas en su cantidad, especialmente fuera del círculo judicial. De acuerdo a Sfard, muchas de las victorias en la defensa de los Derechos Humanos en la ocupación territorial se producen antes de que haya una sentencia por parte de la Corte, ya sea en una etapa de negociación con el Fiscal General o cuando el caso se encuentra pendiente, pero siempre cuando hay algún indicio de intervención judicial. Quizás se deba a que la Corte Suprema tiene un importante y disuasivo prestigio en la élite política de su país, o, como sugiere Sfard, se debe a que esta política de autocontrol permite al Estado israelí afinar y mejorar el régimen abusivo, creando la sensación psicológica de que los palestinos tienen una Corte donde acudir, incluso cuando sus posibilidades de obtener una victoria han demostrado ser mínimas. El Poder Judicial está ahí, cual espejismo, para hacerte sentir protegido, pero cuando acudes a él te das cuenta que no existe, no hay protección alguna.
Entonces, los abogados de Derechos Humanos se ven frente a un difícil dilema en el que deben preguntarse día a día ¿debemos contribuir a este régimen abusador? Cuando cada una de nuestras peticiones a la Corte ayuda a simentar y afinar la ocupación territorial y los abusos contra los derechos humanos, ¿estoy luchando contra la ocupación o ayudando a la ocupación? Los abogados que dirigen la lucha interna por los Derechos Humanos terminan formando parte del sistema, de un engranaje bien cuidado. El régimen necesita de esta oposición para mejorar sus políticas de ocupación. Desde el punto de vista del Estado, la oposición a la ocupación en la Corte no alcanza a ser un mal necesario. Es casi como una parte más, dedicada a perfeccionar, por vía judicial y extrajudicial, la maquinaria de la ocupación.
Pero si recurrir a la Corte le permite reunirse con sus hijos o su esposo/a o le permite volver a cultivar sus tierras, esas cuestiones no le importarán al defendido, y es probable que al abogado tampoco deba importarle, puesto que ningún abogado de Derechos Humanos dejaría de perseguir una vía legal si permitiera la libertad de su representado o el cese de los abusos en su contra. Pero la pregunta permanece y cada uno de los abogados defensores de Derechos Humanos en Israel termina cuestionandose lo mismo.
¿Qué opinan ustedes?
Descarga el paper The Price of Internal Legal Opposition to Human Rights Abuses desde la página del Journal of Human Rights Practice.
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